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Por estas razones el IMSS puede disponer del ahorro de las Afores

Si el IMSS detecta una cuenta inactiva y si no se reclama ese dinero en los siguientes 10 años el IMSS podrá disponer del capital.

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Por estas razones el IMSS puede disponer del ahorro de las Afores

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) puede disponer de una parte de la cuenta de ahorro para el retiro si la persona ya falleció y en los siguientes diez años no se ha reclamado este dinero o bien, si se detecta que la cuenta de una persona mayor de 70 años no se ha sacado el dinero de la Administradora de fondos para el retiro (Afore).

De acuerdo con el artículo 302 de la Ley del IMSS, cuando una persona fallece y tiene una cuenta Afore, los recursos que se tienen en la subcuenta de de Retiro, Cesantía en edad avanzada y Vejez (RCV) se entrega a los beneficiarios, lo cual es imprescriptible.

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Pero si el IMSS detecta una cuenta inactiva y que no se han reclamado los recursos, entonces debe verificar si la persona falleció y si no se reclama ese dinero en los siguientes 10 años el IMSS podrá disponer del capital que se tiene en la subcuenta de RCV, indicó Abraham Vela Dib, expresidente de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar).

“Si el IMSS tiene conocimiento de que esta persona falleció y lleva 10 años inactiva la cuenta, o no tiene conocimiento de que falleció, pero esta persona tiene más de 75 años de edad y no ha ejercido su derecho de pensionarse o retirar sus recursos, entonces el IMSS puede disponer de esos recursos”, dijo a El Sol de México.

Para ser más claros, los 10 años empiezan a contar a partir de que el IMSS tiene conocimiento de que esa persona falleció, que tiene más de 65 años, pasaron 10 años y no han habido movimientos o reclamos de esa cuenta, explicó Vela Dib, quien participó en la creación de la reforma de las afores que se aprobó en 2020.

Lo anterior lo comentó ante unas declaraciones que hizo un directivo de la Asociación Mexicana de Afores (Amafore) sobre que el IMSS iba a disponer de los recursos de cuentas inactivas sin precisar cuándo se iban a considerar los 10 años.

Posteriormente, Amafore envió un comunicado explicando que en todo momento el trabajador o sus beneficiarios tienen derecho a reclamar sus recursos ya que no prescriben sus derechos.

“Las declaraciones vertidas en la segunda Semana de Educación Financiera de la Asociación Mexicana de Entidades Financieras Especializadas fueron opiniones personales que se apartan de lo que establece a la letra el marco legal y no representan la postura oficial de la Amafore ni del gremio”, reiteró en su comunicado.

Vela Dib detalló que en el momento en que se modifica la Ley, uno de los aspectos que se agregaron es que se hace obligatorio que cada que un trabajador se registre en una afore debe asignar a sus beneficiarios, esto con el fin de proteger sus recursos ante cualquier eventualidad.

Elizabeth Albarrán | El Sol de México

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