Seguridad
Sin miedo a las multas, los motociclistas en Puebla faltan al Reglamento de Tránsito
En el municipio se han registrado 278 colisiones en las que se han visto involucradas motociclistas
PUEBLA, Puebla. Aunque tienen claro que faltar al reglamento de tránsito a la hora de circular, como viajar más de dos personas, con niños en brazos o con mercancías, a los motociclistas en esta ciudad no les importa arriesgarse a ser multados, incluso a sufrir accidentes, que de enero a la fecha han dejado al menos 22 muertos en el estado.
Según información de la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) en el municipio de Puebla, en lo que va del año se han registrado 278 colisiones en las que se han visto involucradas motociclistas.
María del Rayo Ramírez Polo, directora de Tránsito y Vialidad Municipal dio a conocer que de enero a agosto del presente año, se han realizado 704 infracciones por la falta de uso de casco.
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Destacó que este tipo sanciones se han dado más en colonias y vialidades secundarias de uso local, donde a la gente “por las cortas distancias se les hace fácil circular sin casco ni las medidas de seguridad correspondientes”.
Ramírez Polo explicó que la motocicleta se ha convertido en un vehículo muy usado, por lo que los operadores de este tipo de unidades deben cumplir con los mismos requisitos, cuidados y responsabilidades que los automovilistas.
Por ejemplo, dijo, están obligados a respetar la luz roja del semáforo, tienen prohibido circular por corredores peatonales, ciclovías, banquetas o carriles confinados a la Red Urbana de Transporte Articulado (RUTA) e incluso sobrepasar rayas que delimitan los carriles de circulación o las cebras peatonales.
Entre otras de las prohibiciones para los operadores de unidades motorizadas es llevar entre sus manos algún dispositivo móvil, animal, bulto u objeto que deriven en intromisiones sobre el control de la dirección y visibilidad, pero también, no pueden transitar con más de dos personas en la misma motocicleta.
Requisitos de circulación
La licencia, comentó María del Rayo, debe ser especial para motociclistas y de ahí deriva en licencia provisional que es para conductores de dieciséis a dieciocho años o que sean mayores de esta última edad y estén aprendiendo a conducir.
En este caso, el artículo 289 del Código Reglamentario para el Municipio de Puebla (Coremun) en su capítulo 10 de “Tránsito Municipal, Movilidad y Seguridad Vial” también señala que los padres o tutores de los conductores menores de edad o con ciertas discapacidades que causen daño a las vías públicas, bienes de propiedad municipal o equipamiento urbano del municipio y sean responsables del mismo, están obligados a pagar el importe de su reparación y a cubrir la sanción a que por tal motivo se hagan acreedores.
Lo anterior sin perjuicio de consignar a los probables responsables de estas u otras infracciones, ante la autoridad competente, en caso de que el mismo hecho pueda constituir delito o alguna falta administrativa.
Por otro lado, también existe la licencia “normal” para motociclistas mayores de 18 años y sin problemas para conducir.
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Una de las escenas más comunes que este medio ha observado en distintas vialidades de la ciudad es el descuido de motociclistas, hombres y mujeres, circulando con más de dos acompañantes incluso niños, todos o algunos sin casco de seguridad.
Otra de las imágenes observadas es la de motociclistas transportando bultos, tablas y hasta cilindros de gas LP, con el riesgo de chocar y hasta provocar un accidente mayor.
Conductores de este tipo de vehículos de dos ruedas interceptados por este medio admitieron que se trata de un exceso de confianza e irresponsabilidad, sin embargo, se trata de su único medio de transporte para toda su familia, pues ante la falta de recursos para un automóvil, el vehículo más accesible para ellos es la motocicleta.
“Sí, sabemos que no está permitido circular con más de dos personas en motocicleta y pues para proteger a mi esposa le doy mi casco de seguridad, pero es el medio de transporte más cercano y para mi esposa e hijas, solemos ir solo a distancias cortas y trato de ir despacio, sé que me arriesgo a una multa, pero cuando circulo por la ciudad voy solo y con mi casco”, expresó Martín, de 32 años de edad, quien pidió no ser retratado.
Pablo, de 40 años, transportaba un cilindro de gas LP; aunque se mostró renuente a dar una declaración, al final sólo accedió a indicar que es una práctica que realiza para ahorrar dinero pues en vez de pagar 340 ó 400 pesos con un repartidor de gas, acude a ciertas estaciones de gas para que le carguen su cilindro a menor costo pues va al día.
“Admito que es un riesgo, pero también está complicado pagar a cada rato 340, 400 o el precio al que suban el gas, cuando uno va al día y pues se trata de ahorrar; por eso prefiero ir a una estación a cargas gas LP, entiendo y comprendo los riesgos, pero voy despacio y con cuidado evitando accidentes”, señaló el padre de familia.
Sin importar las justificaciones, lo cierto es que dichas prácticas están consideradas como una falta al reglamento vial.
Multas por invadir carriles confinados
Entre las infracciones más comunes aplicables a los motociclistas está la suscrita en el artículo 294, fracción XIII del reglamento vial que sanciona con 4 y hasta 8 unidades de medidas y actualización (207.44 de un día de salario mínimo) equivalentes a 829.76 y hasta mil 659.52 pesos por conducir motocicletas, motobicicletas o motonetas, sin casco de protección correspondiente.
El circular en vías públicas restringidas según los Artículos 281 y 322 del mencionado reglamento, se multa con ocho o hasta 12 unidades de medida de actualización o salarios mínimos, es decir con mil 659.52 pesos y hasta dos mil 489.28 pesos.
Circular sin placas o placas no vigentes, así como sin permiso de circulación vigente, correspondiente a motocicletas, motobicicletas у motonetas según el Artículo 275, la multa es de 4 y hasta 8 unidades de medidas y actualización equivalentes a 829.76 y hasta mil 659.52 pesos.
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Manejar vehículos o permitir que se haga sin la licencia y permiso correspondiente, o estando roto, deteriorado o ilegible, según los artículos 285, 287 у 294 fracción I, la multa es la misma que en el supuesto del párrafo anterior.
Transitar o invadir ciclovía o ciclocarril, el Artículo 294 en su fracción XXIV indica que la multa es de 2 a 4 días de salario mínimo (414.88- 829.76 pesos).
Cruzar una intersección cuando los semáforos lo permitan, pero no exista espacio suficiente para terminar de cruzarla y se bloquee el paso de personas o vehículos, según el artículo 314, fracción VIII, la sanción es de 8 a 12 días de salario mínimo, es decir, mil 659.52 pesos y hasta 2 mil 489.28 pesos.
Finalmente, conducir en sentido contrario al señalado o por los carriles centrales o izquierdos sin que sea necesario, o por encima de las líneas divisorias, la multa, según el Artículo 294, fracciones IV y X, es también de 8 a 12 días de salieron mínimo.
Aunque al momento ninguna autoridad local o estatal cuenta con el registro oficial de muertos por accidentes viales, este medio ha documentado por lo menos 22 decesos de este tipo en lo que va del año en toda la entidad, al menos seis de ellos en los primeros días de octubre.
Los primeros decesos ocurridos en el mes de octubre fueron los de un hombre y una mujer originarios del Estado de México, quienes el 1 de octubre perecieron tras derrapar y chocar contra el muro del puente atirantado de la recta a Cholula en el municipio de San Andrés Cholula.
El hecho vial que cobró la vida de dos jóvenes de alrededor de 26 años de edad, se registró cerca de las 3:00 horas de aquel día.
Las víctimas circulaban en una motocicleta Harley Davidson color negro con rojo; al parecer, al ir a exceso de velocidad y llegar a la curva, el joven que conducía el vehículo de dos ruedas perdió el control sobre el volante y derrapó.
La pareja, junto con la motocicleta, proyectaron contra el muro del puente atirantado. Automovilistas que pasaban por el lugar se dieron cuenta de la pareja que estaba tirada sobre el pavimento e inmediatamente trataron de prestarle ayuda.
Luego de que los curiosos notaran la gravedad de las lesiones, dieron aviso al número de emergencias, por lo que paramédicos de Protección Civil Municipal de San Andrés Cholula y agentes del área de Seguridad y Caminos de la policía estatal acudieron al punto para atender el hecho sin que nada más se pudiera hacer por la pareja.
El pasado 2 de octubre, cuando un motociclista murió tras perder el control de su vehículo y derrapar en calles del municipio de Cuautlancingo.
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Familiares del fallecido llegaron al sitio donde acusaron que las autoridades ministeriales tardaron más de seis horas en realizar el levantamiento de cadáver.
De acuerdo con vecinos de la calle Uranga del mencionado municipio, el hombre perdió la vida aparentemente tras derrapar. Al sitio llegaron paramédicos que tras revisar a la víctima, indicaron que no tenía signos vitales.
Finalmente, otro hombre se sumó a la lista de motociclistas fallecidos durante accidentes viales, ahora el deceso ocurrió en la junta auxiliar de San Francisco Totimehuacan.
El hoy occiso iba a bordo de una motocicleta tipo motocross de color verde; el varón perdió el control sobre el volante cuando se encontró con un automóvil Pointer color blanco.
En ese instante, el hombre salió proyectado contra el piso, mientras que la unidad de dos ruedas derrapó.
Ante los hechos, el automovilista huyó de la zona dejando abandonada la unidad la cual presentó un golpe en el cofre de lado derecho que daba cuenta de la dimensión del impacto. Testigos solicitaron ayuda.
Paramédicos del Sistema de Urgencias Médicas Avanzadas (SUMA), a bordo de la ambulancia 042, revisaron al motociclista e informaron a la policía del municipio que este ya no contaba con signos vitales debido a los golpes que sufrió.
La zona fue acordonada y se dio parte a los elementos de Seguridad de Caminos y Protección de Carreteras de la Secretaría de Seguridad Pública Estatal (SSP), quienes se hicieron cargo del levantamiento del cuerpo, además ordenaron el traslado de las unidades al corralón.
La carpeta de investigación iniciada por este homicidio culposo derivado de un hecho de tránsito fue turnada a la Fiscalía General del Estado de Puebla (FGE), para que esta autoridad continuara con las pesquisas correspondientes.
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