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AMLO no puede estar por encima de la ley, afirma el CNLE sobre obras del Tramo 5 del Tren Maya
Asegura que ninguna declaratoria que catalogue estas obras como asunto de seguridad nacional releva a las autoridades administrativas de su obligación legal de proteger al medio ambiente
Luego de la reanudación de las obras en el Tramo 5 del Tren Maya por parte del gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador, a pesar de la suspensión provisional otorgada en el juicio promovido por el Consejo Nacional de Litigio Estratégico (CNLE) y habitantes de la región, la organización afirmó que ninguna autoridad administrativa, incluido el Ejecutivo federal, puede colocarse por encima de la ley e incurrir en desacato de las determinaciones de los tribunales.
“Las suspensiones otorgadas en los procesos de amparo deben acatarse y desde todas instancias del poder público, se debe garantizar que los juzgadores puedan realizar su labor sin intimidaciones o presiones de cualquier índole”, asentó.
Mediante un comunicado, lamentó las acciones del Ejecutivo federal, que atribuye a las obras del tramo 5 del Tren Maya, el carácter de asunto de seguridad nacional, con el propósito explícito de eludir las suspensiones otorgadas en juicios de amparo y continuar con las obras.
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El CNLE llamó a las autoridades involucradas a actuar “apegadas al marco de la ley y respeten de forma irrestricta las determinaciones judiciales”.
Señaló que las declaraciones de las autoridades responsables sobre catalogar las obras del Tramo 5 del Tren Maya como un asunto de seguridad nacional, así como cualquier acto que tenga por objeto reactivar las obras en ese segmento, viola diversas suspensiones otorgadas por el Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Yucatán, entre ellas la suspensión provisional otorgada en el juicio promovido por el propio Consejo.
“En un país republicano, la división de poderes resulta un principio que debe ser salvaguardado. La eficacia de las resoluciones del poder Judicial federal y la independencia judicial deben ser garantizadas como premisa esencial para la vigencia del Estado de Derecho”, sostuvo.
El CNLE aclaró que no se puede modificar o burlar la suspensión otorgada por un juez de Distrito en un juicio de amparo, a partir de la simple determinación administrativa que pretende catalogar las obras del Tramo 5 del Tren Maya como un asunto de seguridad nacional, pues contraviene el debido cumplimiento de las resoluciones dictadas por el poder Judicial, ocasionando un quebranto al Estado de Derecho.
“Ninguna declaratoria que catalogue las obras referidas como asunto de seguridad nacional releva a las autoridades administrativas de su obligación legal de proteger al medio ambiente, el derecho a la cultura, observar el principio de legalidad ni les exime de la obligación de transparentar sus acciones y brindar información oportuna a los ciudadanos de las obras que pretende ejecutar”, puntualizó.
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