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Copred llama a eliminar la discriminación en restaurantes, bares y discotecas de la CDMX

La discriminación en los servicios es un trato diferenciado e injustificado basado en prejuicios.

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Copred llama a evitar la discriminación en restaurantes, bares y discotecas de la CDMX

Desde el Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación de la Ciudad de México (COPRED) hacemos un llamado para prevenir, evitar y atender la discriminación en restaurantes, bares, discotecas y centros nocturnos de la Ciudad de México durante las celebraciones de fin de año.

Existen sistemas de opresión como el racismo, clasismo, capacitismo, las LGBTfobias o el sexismo que se encuentran arraigados en nuestra sociedad y que reproducen prejuicios al establecer valores y jerarquías entre las personas.

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Al no cuestionar las generalizaciones que producen, se reproduce la discriminación mediante prácticas que suelen ser reiteradas y que obstaculizan el acceso a derechos a poblaciones históricamente excluidas, tales como las personas indígenas, afromexicanas, con discapacidad, LGBTIQ+, en movilidad, en situación de calle, entre otras.

Durante el mes de diciembre muchos establecimientos mercantiles reciben una gran cantidad de personas para la realización de eventos y celebraciones por la época navideña, por lo que es imperante que en estos espacios se adopten las medidas necesarias para el goce y disfrute de los servicios sin discriminación.

Exhortamos a los establecimientos y a las personas trabajadoras a identificar los sesgos, prejuicios, estereotipos y estigmas que puedan generar actos de segregación, exclusión, restricción o preferencias que tengan por objeto la restricción o la anulación al derecho a la igualdad y a la no discriminación de las personas consumidoras.

La implementación interna de una línea de denuncia para casos de discriminación en el servicio es una medida que puede atender de manera directa e inmediata y servir como vía de prevención.

El llamado también es a toda la población para señalar las prácticas discriminatorias y no tolerarlas, así como para revisar que los restaurantes, bares, discotecas y centros nocturnos tengan en un lugar visible la placa antidiscriminatoria y a que, si son víctimas de discriminación, denuncien ante este organismo. 

Desde 2022, el COPRED ha emprendido una estrategia en conjunto con asociaciones de restaurantes, bares, discotecas y centros nocturnos para visibilizar y dejar de normalizar, así como para evitar prácticas discriminatorias en los establecimientos mercantiles.

Asimismo, a principios de 2023 el COPRED acompañó las reformas a la Ley de Establecimientos Mercantiles en la Ciudad de México para, por un lado, establecer obligaciones de prevención, como la capacitación del personal que trabaja en dichos espacios laborales.

Sí como el cambio en el mensaje de la placa antidiscriminatoria, la cual de manera obligatoria deben modificar y colocar todos los establecimientos mercantiles. La placa se puede descargar de la siguiente liga https://copred.cdmx.gob.mx/storage/app/media/placa-no-discriminacion-para-establecimientos2023.pdf

Por otro lado, la posibilidad de que, de constatarse la discriminación en términos de la ley en la materia, las alcaldías puedan realizar procedimientos de inspección y establecer multas de hasta un millón de pesos.

La discriminación en los servicios es un trato diferenciado e injustificado basado en prejuicios que vulnera el derecho a la igualdad y la no discriminación, generalmente se manifiesta durante el acceso, la movilidad y en el trato que se brinda antes y durante una relación de consumo.

Las prácticas discriminatorias en los servicios pueden ser muy evidentes, cuando de manera directa y frontal se niegan servicios o se da un trato claramente diferenciado a determinadas personas por su discapacidad, su apariencia, fenotipo, forma de vestir o comportamiento.

Así, la primera manifestación de discriminación ocurre en el acceso, y consiste en la negación del servicio sin una justificación objetiva y razonable.

Ejemplo de ello, es negar el acceso por la orientación sexual o identidad de género de las personas, por no cumplir con un “código de vestimenta”, al no permitir el derecho a consumir a personas acompañadas con perros de asistencia o al no tener ajustes o espacios para personas con discapacidad física.

También las prácticas pueden ser más sutiles y negar el acceso al servicio utilizando razones de manera diferenciada como la falta de reservación a unas personas y a otras no, que ya se ha alcanzado el cupo máximo, que hay consumo mínimo, cuestiones que suelen no ser verdaderas y solamente utilizadas como excusa para impedir el acceso.

Una de las manifestaciones ocurre al interior del establecimiento, es decir, no se niega el acceso, pero se brinda un servicio desigual frente a otras personas. Por ejemplo, cuando un establecimiento le pide a una pareja de mujeres lesbianas que cesen sus muestras de afecto porque es un “ambiente familiar”, o le impide el uso del sanitario de mujeres a mujeres trans o indígenas.

En el mismo sentido, las prácticas discriminatorias en el servicio pueden ser sutiles como el colocar en peores mesas o espacios a determinadas personas por su apariencia, sin que medien razones objetivas de por medio (como una reservación, número de personas, entre otras).

En los dos primeros casos, un factor detonador de estas prácticas puede ser la propia clientela, pues en ocasiones las personas consumidoras del lugar externan su rechazo hacia determinadas personas.

Este tipo de solicitudes son ilegales y pueden llevar al establecimiento a incurrir en un acto discriminatorio, por ende, ser denunciado y hasta multado, en este sentido es importante que el negocio se niegue totalmente a este tipo de peticiones.

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Otra manifestación de la discriminación en los servicios se da en el trato a la clientela esta puede ser sutil, que implica tratos diferenciados o cortesías que no se dan a personas que se consideran “inferiores” o que “no pertenecen a esos espacios” y que es directamente ofensiva porque desvalora su presencia y dignidad al darles un trato de menor calidad o con menor amabilidad y respeto que a otra clientela.

Las formas de trato diferenciado sutil en el servicio pueden darse en la falta de atención, el no ofrecer especialidades, dudar si se podrá cubrir el costo de determinados platillos o bebidas, entre otras

Por otro lado, puede haber tratos directamente ofensivos, violentos y discriminatorios. Estas prácticas discriminatorias se dan cuando el establecimiento trata mal a las personas con base en prejuicios y estereotipos sobre su apariencia, identidad, origen étnico o nacional, género, discapacidad, entre otras características, con la finalidad de cansar a las personas comensales y que por sí mismas decidan irse o salir del establecimiento. 

Los motivos para impedir el servicio en un establecimiento son claros en la ley y se refieren a conductas objetivas como la edad, el orden de llegada, el encontrarse en estado de ebriedad o bajo el consumo de drogas, el ejercer violencia hacia otras personas, entre otras. Pero nunca pueden asociarse a la identidad, apariencia o características de las personas.

Este Consejo hace un recordatorio a las personas dueñas de establecimientos y a la clientela en general, que en la Ciudad de México hay cero tolerancia a la discriminación y que ésta puede ser denunciada.

La Ciudad de México es una Ciudad de Derechos, en estas fiestas, todas las personas digamos No a la Discriminación en los servicios.

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