Negocios
La CRE impone multa de 9 mil 145 mpd a Iberdrola por revender electricidad
La Comisión Reguladora autorizó modificaciones a las condiciones del permiso a Iberdrola, pero no para que vendiera electricidad
La Comisión Reguladora de Energía (CRE) impuso una multa de 9 mil 145 millones de pesos a la empresa de origen español Iberdrola por vender y revender sin un permiso electricidad a empresas privadas.
“Se impone a Iberdrola Energía Monterrey en multa equivalente a 9 mil 145 millones de pesos por vender energía eléctrica generada en la central autorizada en el título de permiso de autoabastecimiento”, dice la resolución del organismo presidido por Leopoldo Vicente Melchi García.
La Comisión Reguladora autorizó modificaciones a las condiciones del permiso, sin embargo, en ninguna de estas modificaciones se autorizó a Iberdrola a la venta de electricidad en México.
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“De manera concreta se encontraba obligada generar energía eléctrica exclusivamente para la satisfacción de las necesidades de autoabastecimiento de sus socios, de acuerdo con la distribución autorizada y no vender, revender o por cualquier acto jurídico enajenar capacidad o energía eléctrica”, agrega.
Iberdrola realizó una actividad permisionada, que corresponde exclusivamente a la Nación, a través de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), la prestación del servicio público de energía eléctrica como la planeación del sistema eléctrico nacional, la generación, conducción, transformación, distribución y venta de energía eléctrica.
La facturas electrónicas emitidas por Iberdrola a sus socios del 01 de enero de 2019 al 31 de agosto de 2020, consignan el concepto de Energía Eléctrica Suministrada.
“Iberdrola aplicó un cargo a sus socios y por dicho suministro de energía eléctrica recibe a cambio una contraprestación (precio) igualmente consignado en dichos CFDI “s, y al cual le aplica el Impuesto al Valor Agregado (IVA) constituyéndose la enajenación (compra-venta) de energía eléctrica”.
El IVA es el impuesto que grava el valor agregado de un producto o servicio. “Es decir, es una carga fiscal que se aplica al consumo de un bien o servicio, en el caso concreto al servicio de energía eléctrica suministrada que la Permisionaria provee a sus socios”.
“Aunque es Iberdrola proveedor del producto o servicio, quien paga el impuesto a las autoridades hacendarias, luego recupera dicho porcentaje con la compra de los socios (consumidores finales), que son quienes soportan el IVA, de ahí que sea un impuesto indirecto y regresivo”
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