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Norma sobre aguas residuales tendrá graves repercusiones económicas: Concamin

Asegura que la regla contraviene el espíritu y letra de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, y significa violaciones a tratados internacionales

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Foto: Archivo

Los industriales del país consideraron que la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SEMARNAT-2021 recién aprobada traerá afectaciones económicas a los usuarios agrícolas y operadores de agua, pues tendrían que cambiar sus plantas de tratamiento, con los costos adicionales que implican y que se reflejarán en el precio de los productos agrícolas, industriales, en mayores tarifas eléctricas y en el servicio de agua potable y saneamiento municipal.

La Norma fue aprobada el pasado 27 de agosto en sesión extraordinaria del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Comarnat), máxima autoridad de normalización de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) y encargada de expedir las NOMs en materia de medio ambiente.

La Confederación de Cámaras Industriales (Concamin) señaló que la NOM establece parámetros excesivos que a nivel internacional no son contemplados, aunado a que su elaboración fue unilateral y no se permitió la participación de los regulados.

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Además, expuso mediante un comunicado, su aprobación contraviene el espíritu y letra de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, así como violaciones a tratados internacionales, principalmente al Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC).

Señaló que su voto fue en contra de la NOM 001 porque “va a afectar severamente en materia económica a todos los usuarios de agua, tanto agrícolas, organismos operadores de agua e industria privada y pública”.

No obstante, ratificó su compromiso con el cuidado del medio ambiente, que es un aspecto central de su propuesta de política industrial para el país.

La NOM-001-SEMARNAT-2021 establece los límites permisibles de contaminantes en las descargas de aguas residuales en cuerpos receptores propiedad de la nación y sustituye a la emitida en 1996, que durante 25 años no había sido actualizada, aun cuando los Límites Máximos Permisibles (LMP) y los parámetros establecidos habían probado ser insuficientes para controlar la contaminación en los cuerpos de agua.

Además de que la Ley Federal Sobre Metrología y Normalización establece que las Normas se deben actualizar cada 5 años.

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