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Sonora

A los que propaguen el coronavirus irán a la cárcel en Sonora

El Código Penal de Sonora establece sanciones para quienes sabiendo están enfermos de coronavirus contagien o provoque la muerte de otra persona

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A los que propaguen el coronavirus irán a la cárcel en Sonora

El gabinete Económico y de Salud de Sonora aprobó medidas que incluirán sanciones de hasta cinco años de prisión a quienes, sabiendo que son casos confirmados de coronavirus (Covid-19) o que forman parte de los contactos directos de alguno, no respeten la cuarentena.

Horacio Valenzuela Ibarra, secretario del Trabajo, explicó que el Código Penal del Estado de Sonora, señala sanciones para quienes, sabiéndose afectados durante una contingencia, pongan en peligro de contagio a otra persona u ocasionen su muerte.

“El Artículo 251 del Código Penal del Estado de Sonora señala que cuando el contagio llegare a consumarse, el responsable será sancionado en los términos que para el delito de lesiones u homicidio fija el propio código”, manifestó.

De acuerdo con el código, se impondrá de seis meses a cinco años de prisión y multa de diez a doscientas Unidades de Medida y Actualización (UMAS). También, quien cometiera el delito, sería recluido en un establecimiento adecuado por el tiempo necesario, hasta obtener su curación o inocuidad y también pudiera ser ejercitada la acción penal directamente por la víctima.

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Mediante un comunicado, se informó que los ordenamientos legales y sanciones aplicarán en:

·      Casos y contactos de personas infectadas con coronavirus que no guarden cuarentena y aislamiento por 14 días.

·      Personas que ingresen a Sonora y no guardan cuarentena por 14 días.

·      Parques, plazas, lugares turísticos y similares que no se mantengan cerrados.

·      Negocios e industria no esenciales que no acaten el cierre completo de actividades. 

Se prohibió la venta de alimentos en lugares turísticos o sitios de concentración; se aprobó la suspensión de obras en construcción a excepción de la referente a hospitales, carreteras e infraestructura esencial.

Además, se acordó exhortar a las cadenas de tiendas de autoservicio a que pongan en operación mecanismos para el ingreso de personas a sus establecimientos, con el fin de evitar aglomeraciones.

Sobre quienes no respeten las disposiciones en materia de suspensión de labores en establecimientos comerciales no esenciales, obtendrán las sanciones estipuladas en el artículo 286 de la Ley de Salud para el Estado de Sonora.

Estas incluyen amonestación o apercibimiento, multa y hasta clausura temporal o definitiva, que podrá ser parcial o total, cuando se trata de un establecimiento, y arresto por 24 horas en caso de las personas responsables del incumplimiento.

Los funcionario del gobierno de Sonora recomendaron el uso de cubrebocas como medida de protección de contagio del coronavirus.

El secretario de Economía, Jorge Vidal Ahumada agregó que se hará contacto con grupos de empresarios y de la sociedad civil para la elaboración de este artículo a fin de ponerlos al alcance de los ciudadanos.

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