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Reglamento y tradición, así se prepara el cementerio Valle de los Cedros para el Día de Muertos en San Luis Potosí

Valle de los Cedros se transforma en un espacio donde la tradición y la ley caminan juntas.

Valle de los Cedros se transforma en un espacio donde la tradición y la ley caminan juntas.
Foto: Instagram.

San Luis Potosí se prepara para una de sus celebraciones más profundas y conmovedoras: el Día de Muertos. En este contexto, el cementerio concesionado Valle de los Cedros se convierte en un punto de encuentro entre la vida y la memoria, donde los rituales, los homenajes y las flores de cempasúchil rinden tributo a quienes ya partieron.

Pero detrás de cada tumba adornada y cada vela encendida, existe también una estructura legal que garantiza que este acto de amor y recuerdo se realice con orden, dignidad y respeto.

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Valle de los Cedros, S.A. opera bajo un reglamento interno alineado con el Reglamento de Cementerios del Municipio Libre de San Luis Potosí, aprobado en 2002. Ambos documentos establecen normas precisas sobre el uso de los espacios, la prestación de servicios funerarios, el comportamiento de los visitantes y las sanciones en caso de incumplimiento.

Durante estas fechas, el cementerio abrirá conforme a los horarios autorizados por la autoridad municipal. La administración recuerda que está prohibido el ingreso de vehículos sin permiso, así como la circulación de bicicletas, motocicletas o cualquier medio de transporte que perturbe la tranquilidad del lugar. Tampoco se permite la entrada a personas en estado de ebriedad o bajo el efecto de sustancias psicotrópicas. Ante cualquier alteración, el personal de Valle de los Cedros podrá solicitar la intervención de las autoridades competentes.

En cuanto a decoraciones y mantenimiento, el reglamento permite únicamente el uso de placas, floreros y accesorios proporcionados por la empresa. No está permitido colocar objetos fuera de los floreros, construir monumentos no autorizados ni modificar áreas verdes. El personal puede retirar cualquier objeto que infrinja estas disposiciones, sin responsabilidad alguna. Si una placa o accesorio se deteriora con el tiempo, su reposición corresponde al titular o a sus beneficiarios.

El Reglamento Municipal refuerza estas normas y prevé sanciones específicas. Si un deudo inicia una obra sin autorización, la autoridad municipal puede demolerla o retirar cualquier placa, señalamiento o monumento instalado sin permiso. En caso de construcciones con riesgo de desplome, el Departamento de Cementerios notificará al responsable mediante tres publicaciones en el periódico oficial y otro de mayor circulación, otorgando un plazo de tres meses para realizar reparaciones. Si no se cumple, procederá la demolición.

Respecto al uso de espacios, el reglamento contempla dos modalidades: temporalidad (por siete años) y perpetuidad. Si vence el plazo de temporalidad y no se refrenda, los restos serán trasladados al osario, previa notificación por edictos. Los espacios en fosas comunes no pueden convertirse al régimen de perpetuidad ni refrendarse. En caso de exhumación voluntaria para traslado, se pierde el derecho de uso sobre la fosa, gaveta o cripta.

Los costos por servicios funerarios —como apertura y cierre de fosas, cremaciones, exhumaciones o reinhumaciones— deben cubrirse conforme a la Ley de Ingresos del Municipio de San Luis Potosí vigente. Para realizar cualquier trámite, se requiere presentar documentación legal, acta de defunción, permiso sanitario y comprobante de pago. La cremación debe efectuarse entre 12 y 48 horas después del fallecimiento, salvo autorización especial de las autoridades sanitarias.

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En cuanto a las dimensiones, las criptas familiares deben tener al menos tres metros de largo por dos metros cincuenta centímetros de ancho, con capacidad para hasta tres gavetas superpuestas. Las lápidas en fosas para adultos bajo régimen de perpetuidad deben ajustarse a un máximo de 2.40 metros de largo por 1.30 metros de ancho.

Por su parte, la Ley de Ingresos del Municipio de San Luis Potosí para el Ejercicio Fiscal 2025 establece las tarifas y sanciones aplicables, utilizando como unidad de medida la UMA (Unidad de Medida y Actualización), cuyo valor diario para 2025 es de $113.14 MXN.

Algunos ejemplos son los siguientes: Inhumación en fosa a perpetuidad con bóveda (adulto): 48 UMA = $5,430.72 MXN. Refrendo de perpetuidad (adulto): 20 UMA = $2,262.80 MXN. Extracción de cenizas: 20 UMA = $2,262.80 MXN

Por otro lado la Sanción por actos que atenten contra la moral: 50 UMA = $5,657.00 MXN y por originar riñas dentro del cementerio: 20 UMA = $2,262.80 MXN

Este próximo Día de Muertos, Valle de los Cedros se transforma en un espacio donde la tradición y la ley caminan juntas.

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Entre veladoras, flores y recuerdos, cada visitante participa en una ceremonia silenciosa que honra la memoria con respeto.

Porque en San Luis Potosí, la muerte se celebra con flores… y con reglas que protegen el derecho a recordar en paz.

Alejandra Ruiz | El Sol de San Luis

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