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Ciudadanos presentan iniciativa para castigar legalmente el discurso de odio en Baja California Sur

E incorporaría un nuevo capítulo titulado “Discriminación y discursos de odio.

E incorporaría un nuevo capítulo titulado “Discriminación y discursos de odio.
Foto: Gobierno.

El congreso local recibió una iniciativa ciudadana que propone reformar el Código Penal de Baja California Sur para tipificar el discurso de odio como delito.

El documento fue presentado por Ángel Fabián Gaxiola Infante y José Raúl Pérez Aguilar y turnado a la Comisión de Puntos Constitucionales y de Justicia para su análisis, que preside el diputado Eduardo Van Wormer Castro (Morena), conforme al trámite parlamentario.

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La iniciativa busca reformar la denominación del Capítulo II del Título Séptimo y adicionar el artículo 205 Ter al Código Penal estatal.

Este define el discurso de odio como una acción que, mediante palabras, escritos, gestos, simbología o cualquier otro medio de comunicación, incite a la hostilidad e intolerancia por motivos como religiónorigen étniconacionalidadcolor de pielgéneroorientación sexualidentidad o expresión de género, entre otros.

“Se impondrá de dos a cuatro años de prisión o multa de doscientos cincuenta a cuatrocientos días de trabajo a favor de la comunidad y hasta trescientos días de multa”, señala el proyecto de decreto en el nuevo artículo.

¿Cuál sería la multa en caso de percibir el salario mínimo?

De acuerdo con el Código Penal federal, el sistema de día-multa establece que el monto a pagar se calcula conforme al ingreso neto diario del sentenciado, sin que sea menor al salario mínimo vigente en el lugar donde se cometió el delito.

A partir del 1 de enero de 2025, el salario mínimo en Baja California Sur es de 278 pesos con 80 centavos diarios, por lo que el monto mínimo por un día-multa sería de 278 pesos con 80 centavos y el máximo propuesto, 300 días-multa, alcanzaría los 83 mil 640 pesos. El monto final puede ser mayor si el sentenciado percibe ingresos superiores al salario mínimo.

La redacción propuesta contempla otros dos tipos de sanciónprisión de dos a cuatro años y trabajo comunitario de 250 a 400 días. De acuerdo con la propuesta, el juez podrá aplicar estas sanciones de forma alternativa o acumulada, dependiendo del caso.

El artículo 205 Ter aplicaría tanto a expresiones directas como a contenidos difundidos por medios impresos, digitales o redes sociales, siempre que inciten a la hostilidad o intolerancia.

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Fundamentos y motivación

En su exposición de motivos, los promoventes argumentan que los discursos de odio incitan a la violencia físicaverbal y psicológica, y generan sentimientos sociales de hostilidad contra personas o grupos.

Citan resoluciones y declaraciones de organismos internacionales como la Asamblea General de las Naciones Unidas (AGNU), que proclamó el 18 de junio como Día para Contrarrestar el Discurso de Odio, así como el Plan de Acción de Rabat y la Estrategia de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) contra el Discurso de Odio.

La iniciativa refiere también tesis de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que abordan los límites de la libertad de expresión frente a manifestaciones de odio, y señala que estos discursos vulneran la dignidad humana y normalizan la violencia contra sectores históricamente discriminados, como personas indígenasafromexicanas o integrantes de la comunidad LGBTQ+.

Con la reforma, el Título Séptimo del Código Penal estatal quedaría denominado como: “Delitos cometidos entre integrantes de la familia y delitos por discriminación contra la dignidad de las personas”, e incorporaría un nuevo capítulo titulado “Discriminación y discursos de odio”.

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El proyecto fue fechado el 19 de junio de 2025. Como se menciona, su estudio corresponderá a la comisión de Puntos Constitucionales y de Justicia, que deberá dictaminar su viabilidad y someterlo a votación de los 21 diputados para su aprobación.

Alan Flores | El Sudcaliforniano

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