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No hay competencia en el mercado de ferris en la zona norte de Quintana Roo: Cofece

Plantea que correspondería a la Secretaría de Marina establecer la regulación tarifaria para este servicio

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El Pleno de la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) determinó que no existen condiciones de competencia efectiva en el servicio de transporte marítimo de pasajeros, en navegación de cabotaje, en la modalidad de ferris en Cozumel, Puerto Juárez y en la zona hotelera de Quintana Roo.

Explicó que estos mercados abarcan las rutas, con origen y/o destino, isla de Cozumel-Playa del Carmen, Isla Mujeres-Puerto Juárez o Gran Puerto, en Cancún; así como Isla Mujeres con origen y/o destino a los muelles El Caracol, Playa Tortugas y El Embarcadero, también en Cancún.

Mediante un comunicado, dio a conocer que también se constató que los usuarios de este servicio no tienen otras opciones para trasladarse de esas islas de la zona norte de Quintana Roo sin incurrir en costos adicionales.

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Esto, explicó, porque los servicios de transportes terrestre, aéreo u otras formas de transporte marítimo –como el de turismo náutico o el de transbordador– no sustituyen a los ferris, entre otros factores, por las diferencias en las condiciones como facilidades, precio, velocidad de traslado y frecuencias.

Asimismo, porque no hay rutas alternativas, dado que el servicio no se puede proveer desde un punto que sea completamente distinto o muy lejano del origen o del destino, aunado a que por el lado de la oferta, estos prestadores tienen capacidad limitada para ofrecer el servicio sin incurrir en costos significativos.

Respecto a la inexistencia de condiciones de competencia en los mercados relevantes, la Cofece dio a conocer que se identificó que Naviera Magna (Magna) tiene una alta participación de mercado y poder sustancial en los puertos Puerto Juárez y zona hotelera, en este último es el único oferente.

En tanto, en la ruta Cozumel-Playa del Carmen, Magna y Golfo Transportación (Winjet) tienen alta participación de mercado y un comportamiento similar en materia tarifaria y de horarios, en una estructura de mercado que no favorece la competencia, abundó.

“Estos agentes económicos pueden fijar libre y unilateralmente sus tarifas, así como restringir el abasto, ya que eligen libremente los horarios e itinerarios que desean prestar, e incluso podrían dejar de hacerlo durante seis meses sin que les sea revocado el permiso”, subrayó.

Indicó que existen barreras de tipo normativo, económico y estructurales que limitan la entrada de potenciales participantes, como es la indivisibilidad de la infraestructura para prestar servicio, esto es, que los activos no se pueden fragmentar para adecuarlos a la demanda estacional del servicio, lo que incide directamente en las decisiones de inversión y en los costos fijos de los transportistas.

Mencionó que otro obstáculo son los altos montos de inversión necesarios para ingresar al mercado, relacionados con la adquisición y/o renta de embarcaciones, así como su plazo de recuperación que puede ir de siete a 15 años, y escasez de usos alternativos.

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El organismo refirió que también hay barreras de acceso a la infraestructura portuaria y en ciertos casos, existen limitaciones físicas en estas instalaciones que dificultan la operación simultánea de varios prestadores del servicio.

En otros casos, apuntó, el uso de muelles es de uso exclusivo (Magna en la zona hotelera) y no existe infraestructura adicional para atracar/zarpar, por lo que un agente económico interesado tendría que desarrollar su propia infraestructura.

Subrayó que se percibió que existen altos gastos de publicidad, por lo que las empresas que quieran entrar en el mercado tienen que incurrir en gastos significativos para posicionarse.

Luego de esta determinación, la Cofece puntualizó que corresponde a la autoridad reguladora, la Secretaría de Marina (Semar) establecer, si considera pertinente, la regulación tarifaria para estos servicios.

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