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CDMX

Entre la ley y la mordida, las consecuencias de seguir la fiesta en la calle

Los estragos de seguir la fiesta en la vía pública se redimen ahí.

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Los estragos de seguir la fiesta en la vía pública se redimen ahí.

Bernardo ya tuvo dos experiencias al salir de bares que casi lo llevan al juzgado cívico. La primera ocurrió al salir de un antro en Zona Rosa, caminó con dos de sus amigas confiado de que había baños cerca del Metro Insurgentes, pero no, ya no había ninguno. Caminó hacia lo más oscuro de la glorieta y pidió a sus amigas que le echaran aguas.

No se percató que a unos metros, había una patrulla con las luces apagadas, él está seguro que, por la hora y la zona, los uniformados están expectantes y se ocultan, para sacar la “mordida”. Cuando terminó de orinar, un policía salió detrás y le dijo “tus amigas no saben echar aguas. Vamos a tener que remitirte”.

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Intuye que el policía seguro notó su angustia y le preguntó cuánto traía. Bernardo abrió su cartera y se asomó un billete de 200 pesos, el uniformado le dijo que se los diera y ahí quedaba el asunto, él accedió.

Andar de fiesta en calles de la Ciudad de México, cuando se sale de control, puede derivar en situaciones que infringen la Ley de Cultura Cívica local. Consumir alcohol o estupefacientes en la vía pública, orinar en la calle o conducir bajo los efectos del alcohol provocaron que, en 2024, más de 19 mil capitalinos rindieran cuentas ante un juez cívico.

Los estragos de seguir la fiesta en la vía pública se redimen ahí. Orinar o defecar en la calle fue una falta que el año pasado cometieron dos mil 21 personas y beber en lugares públicos no autorizados, como en las banquetas, es otra falta en la que incurrieron 17 mil 205 personas. Ambas infracciones tuvieron su pico más alto en 2020, el año de la pandemia, con casi 28 mil remitidos.

Aarón tiene dos años como policía auxiliar de la Ciudad de México, tiempo en el que ha detectado a las personas que orinan o consumen alcohol en la calle. De la primera conducta consideró que cada vez son menos los casos que llegan al juzgado cívico, principalmente porque es obligatorio hacerlo en flagrancia.

“Conforme a lo estipulado en la Ley de Cultura Cívica, toda persona que cometa esas infracciones no llega a criterio del policía, ahí está que tengan su arresto o presentación ante el juez cívico. No es así de ‘éste sí, éste no’, pero sí pasa que haya consideración del policía de que tal vez hubo quien se orinó porque no había lugar para hacer sus necesidades, porque a cualquiera le puede pasar; o el que esté tomando en vía pública, tal vez, pasado de copas, se salió sin tener el criterio de ‘ay, ya estoy en la calle’”, explicó.

Aseguró que quienes cometen estas infracciones están conscientes de que es una falta cívica, pero siempre se quieren librar del arresto. Por eso son ellos quienes ofrecen dinero a los uniformados, a cambio de no ser remitidos.

Bernardo cometió la falta en una segunda ocasión. Alrededor de las 4:00 horas, cerca de Bellas Artes, le pasó lo mismo: le dieron ganas de ir al baño, pero de tres estacionamientos, ninguno le permitió usar el sanitario. 

A esa hora hay policías dando rondines cerca de la Alameda, se acercó a uno, le enseñó su moneda de 10 pesos y le dijo “oficial, es todo lo que traigo, ya pregunté en los estacionamientos y ninguno me dejó pasar, deme chance de ir”. El oficial le permitió orinar en una calle oscura cerca de la Alameda, no le pidió dinero.

Aarón explicó que el proceso para las remisiones consiste en, primero, avisar por radio al juzgado que será remitido, el más cercano al lugar de los hechos. Hay ocasiones que en la coordinación territorial a la que acuden no hay juez cívico o las galeras están llenas o no hay quien las cuide.

“Todo se pone en bitácora, para que no sea dudoso el traslado del detenido. Por ejemplo, yo detengo a una persona por ingerir alcohol en vía pública y voy a Benito Juárez II, que está en Parque de los Venados, llego y no está el juez calificador, eso ya lo debí echar por radio (…) Ahí le digo a la base de radio a dónde lo trasladamos”, expuso. Si no hay lugar en ninguna coordinación cercana, los llevan al Centro de Sanciones Administrativas, mejor conocido como Torito.

Exceder el nivel de alcohol

Hay conductas sancionadas por el Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México que son consideradas faltas administrativas. El artículo 50 prohíbe conducir vehículos motorizados con una cantidad de alcohol en la sangre superior a 0.8 gramos por litro o de alcohol en aire espirado superior a 0.4 miligramos por litro, medidas detectadas por el alcoholímetro.

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Esta falta, en 2024 tuvo el número más alto de remisiones a los juzgados en comparación con los cuatro años previos, con mil 225 casos.

Otra falta administrativa considerada en el Reglamento de Tránsito local es la incluida en el artículo 52 también relacionada con la conducción bajo los influjos de bebidas embriagantes, con la diferencia de que ocurre cuando un agente autorizado para infraccionar detecta que un conductor maneja de manera errática y, al acercarse, detecte que está alcoholizado o drogado. Esta falta ameritó sólo dos remisiones.

Karla Mora | El Sol de México

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