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Los dirigentes sindicales temen a las mujeres porque pueden dinamizar la plantilla laboral: especialistas

Los sindicatos siguen sin cumplir con hacer efectiva la representación proporcional de género en órganos directivos

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Aunque la reforma federal en materia laboral de 2019 estableció la obligación de la representación proporcional de género en las directivas sindicales, la disposición sigue sin cumplirse totalmente y por el contario, algunos dirigentes sindicales temen a las mujeres porque ellas podrían dinamizar la plantilla laboral.

El relegar a las mujeres tiene que ver con que algunos dirigentes reconocen que tienen miedo de que ellas intervengan de manera directa en los órganos directivos porque saben de lo que son capaces y pueden dinamizar la planilla sindical, dijo la asesora jurídica en materia de trabajo del Instituto Federal de Defensoría Pública (IFDP), Diana Vargas Díaz.

Al participar en el podcast Te Escuchamos, del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), expuso que en la estructura sindical, las mujeres ocupan secretarías de baja importancia que les impide participar de negociaciones colectivas, el espacio de toma de decisiones más importantes para hacer valer sus derechos y obtener la atención a sus necesidades que son muy diferentes a las de los hombres.

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Coincidió con la investigadora independiente Alma Clarisa Rico Díaz en que a pesar de la reforma, a la fecha no se ha cumplido plenamente con la disposición de representación proporcional de género, y muchas organizaciones gremiales sólo modificaron sus estatutos para incluir la disposición sin concretarla en los hechos.

El artículo 371 fracción 9 de la Ley federal del Trabajo mandata que en los estatus generales de una organización sindical se establezca la representación proporcional de género.

Sin embargo, señaló Rico Díaz, en los hechos esto no ocurre. “Yo sindicato tengo mis estatutos muy bonitos con la representación proporcional de género, pero mis directivas no tienen representación de género. Entonces, están incumpliendo con sus propios estatutos”, indicó.

Opinó que las mujeres no hacen valer esta obligación legal debido a la existencia de una cultura sindical muy añeja, enraizada y masculinizada, que las lleva a considerar que esos cambios deberían aplicar al presentarse una nueva elección de dirigente, pero no es así.

La investigadora expuso que los juzgados laborales pueden intervenir para hacer valer este derecho que todavía está ausente, incluso en sindicatos de sectores feminizados.

Las especialistas plantearon la necesidad de que en los sindicatos se hagan cursos para que sus integrantes conozcan a profundidad la nueva legislación laboral y exijan sus derechos.

En el caso de las mujeres, sostuvieron que deben saber que, si las dan de baja de manera injustificada, pero se registró un hecho de violencia, pueden solicitar el apoyo del IFDP o acudir de manera directa al juez, además no puede ser dada de baja del Seguro Social hasta que se resuelva el juicio laboral.

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