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Senado endurece penas por defraudación fiscal

El Senado avaló aumentar las penas por evasión fiscal y tipificar las facturas falsas y empresas fantasma como delitos de la delincuencia organizada

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El Senado avaló aumentar las penas por evasión fiscal y tipificar la compraventa de las facturas falsas y empresas fantasma como delitos de la delincuencia organizada.

En la sesión del martes, el Pleno de Senado aprobó con 82 votos a favor y 34 en contra en lo general, las reformas que apoyan a la Cuarta Transformación en sus planes de reducir la evasión fiscal y llevar más recursos a las arcas de la Secretaría de Hacienda.

Leer: Tipificar la evasión fiscal amenaza a las empresas honestas: Coparmex

Se establece que se consideran delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa las llamadas empresas fantasma y las facturas falsas, considerando que éste sea un delito similar al contrabando y su equiparable.

Señala como delito “la expedición, venta, enajenación, compra o adquisición de comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados”.

Prevé las mismas sanciones al que permita o publique a través de cualquier medio, anuncios para la adquisición o enajenación de comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados.

La presidenta de la Comisión de Estudios Legislativos, Mayuli Latifa Martínez, precisó que las modificaciones a la Ley Federal de Delincuencia Organizada tipifican y equiparan la defraudación fiscal con la delincuencia organizada cuando el monto de lo defraudado supere los siete millones 804 mil 230 pesos.

El senador Ricardo Monreal Ávila presentó tres reservas al dictamen. En una, el legislador de Morena propuso que se considere al pequeño contribuyente con hasta 8 millones de pesos, para que no afecte la disposición ni en prisión oficiosa ni en delincuencia organizada en caso de ser acusado de defraudación fiscal con la compra o venta de facturas falsas.

Esto quiere decir que, en caso que el juez considere culpable al pequeño contribuyente, este tenga una pena de dos años, por lo que podrá enfrentar el procedimiento en libertad. También propuso adicionar en el artículo 113 la palabra “a sabiendas” en lugar de “dolosa”.

En tanto, Miguel A. Lucero Olivas, senador del Partido del Trabajo (PT), subrayó que los servidores públicos que cometan este tipo de ilícitos podrán ser destituidos del empleo e inhabilitados de uno a 10 años para desempeñar cargo o comisión públicos.

Por Redacción

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